Seguro de Vida Personal
La tranquilidad de contar con un respaldo económico para enfrentar los difíciles momentos que se presentan para la familia con la muerte del sostenedor.
- Cubre por fallecimiento del asegurado ya sea por enfermedad o accidente.
- Cubre la invalidez total y permanente (desde 66%) del asegurado a causa de enfermedad o accidente.
- Cubre invalidez o pérdida de miembros a causa de accidente.
Tres alternativas de monto asegurado: UF 500, UF 1.000 y UF 2.000.-
(*) En caso de muerte a causa de un accidente, indemniza con el doble del monto contratado en cobertura de Fallecimiento.
¿Cómo me inscribo?
Suscripción mediante formulario simple.
¿Cuándo comienza la cobertura?
Una vez recibido el formulario de incorporación y documentos para el pago, la compañía de seguros evalúa y se otorga cobertura a contar del primero del mes siguiente.
Valores
Pago anual mediante cheque, tarjeta de crédito (contado o en cuotas), descuento por planilla (cuando hay convenio con la empresa).
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¿Hasta qué edad puedo ingresar y hasta qué edad quedo asegurado?
La edad máxima de ingreso es de 64 años y puede permanecer hasta los 80 años en la cobertura de fallecimiento, 65 en Invalidez 2/3 y 70 años para muerte e invalidez por accidente
¿Qué cosas no cubre?
Exclusiones Fallecimiento: Rigen las exclusiones indicadas en el artículo N° 5 de las condiciones generales inscritas en las SVS bajo el código POL 209088, algunas de las cuales se enumeran a continuación:
- Suicidio, no obstante la compañía aseguradora pagará luego de 1 año de vigencia.
- Pena de muerte o por participación del asegurado en cualquier acto delictivo o acto terrorista.
- Guerra.
- Participación del Asegurado en actos temerarios.
- Realización de una actividad o deporte riesgoso.
- Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- Situaciones o enfermedades preexistentes.
- Una infección oportunística, o un neoplasma maligno, si al momento de la muerte o enfermedad el asegurado sufría del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.
Exclusiones Invalidez por Accidente: Rigen las exclusiones indicadas en el artículo N° 3 de las condiciones generales inscritas en las SVS bajo el código CAD209091, algunas de las cuales se enumeran a continuación:
- Intento de suicidio.
- La participación del asegurado en actos temerarios.
- La práctica de deportes riesgosos.
- La práctica o el desempeño de alguna actividad, profesión u oficio claramente riesgoso.
- La conducción en estado de ebriedad.
- Viaje o vuelo aéreo no regular.
- Que el asegurado se encuentre bajo los efectos de drogas o alucinógenos.
Nota: asegura ITAU Chile Compañía de Seguros de Vida S.A., intermedia Transeguros Corredores de Seguros Ltda. Infórmate sobre límites y exclusiones de este seguro en las pólizas códigos POL209088, CAD209089, CAD209090, CAD209091 y condiciones particulares.